Por: Angela María Gómez R. Psicóloga especializada en Salud Ocupacional, certificada como Coach Ontológica.
Decidí escribir acerca del Comité de Convivencia Laboral porque justo esta semana se me han presentado varias consultas de empresas.
Lo primero es entender el objetivo del Comité de Convivencia; que no es otro que PREVENIR las conductas de acoso laboral que se podrían generar desde la hostilidad que está presente en todos nosotros en algunas ocasiones y que podrían llegar a quedarse según las atendamos o no, es decir las traigamos adelante para hacerlas visibles y darles una solución eficaz.
Pareciera más cómodo ignorar estas situaciones ocasionales, eventuales a simple vista, pero las mismas serán más frecuentes, intensas e insoportables con el paso del tiempo.
El Comité procurará promover a través de la gracia, valor que consiste en servir y ayudar a quien lo necesite aunque ni lo merezca ni lo haya solicitado, velando por las relaciones laborales propicias para la salud mental y el respeto a la dignidad de los empleados de todos los niveles jerárquicos de la empresa, mediante estrategias que apunten a la integración, el desarrollo de valores fundamentales como el respeto, la confianza, la empatía y sobre todo la compasión con las personas que en un momento determinado estén atravesando situaciones complejas que se ven reflejadas en su disposición o actitud para la resolución de conflictos reales o imaginarios.
El Comité procurará desarrollar actividades de sensibilización, capacitación y vigilancia periódica en las diferentes áreas de la empresa.
¿Qué sucede si se presenta una queja formal que todos conocen como un conflicto entre una o más personas y que de alguna manera se había normalizado?
Esto está siendo más común de lo deseado y sucede porque se permitió que sucediera; así que la empresa está siendo indiferente frente a un hecho que estaba allí, pero que parecía parte del paisaje.
Al aparecer la queja formal, el deber ser es intervenir con una conversación asertiva y que apunte a llegar a acuerdos entre las personas involucradas, cuidando el bienestar y la salud mental de todos los personajes, focalizándose en la conducta que se quiere extinguir o modificar y no en las personas.
Se deben evitar en un principio las confrontaciones, señalamientos y reclamos y optar por un encuentro encaminado a generar un nuevo comienzo con posibilidades de resignificar las interpretaciones que han sido causa de discordia y emotividad.
Es por esta razón que el Comité de Convivencia Laboral debe ser formado en habilidades y estrategias puntuales para adquirir herramientas técnicas que le permitan por supuesto dar cumplimiento legal a la ley 1010 y a la resolución 2646 y a la vez preservar el clima laboral cuidando el buen nombre de todos sus colaboradores.
También debe formarse en: Comunicación Asertiva y Efectiva.
-Manejo y Resolución de conflictos.
-Liderazgo centrado en principios y valores.
-Trabajo en Equipo.
-Técnicas alternativas para el manejo y control del estrés.
Por su puesto es indispensable que la empresa cultive una cultura de respeto y promueva este valor fundamental con el ejemplo permanente de sus directivos y líderes.